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    <fecha_publicacion>2012/03/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Demanda 872 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

222 

Demanda 872 de 2011 
    Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 872 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César Espínola Dosal y don Juan Carlos Pérez Benítez, contra la empresa “Brokers Company Courier Worldwide, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 11 de noviembre de 2011:
    Que estimando como estimo la demanda formulada por don César Espínola Dosal y don Juan Carlos Pérez Benítez, frente a la empresa “Brokers Company Courier Worldwide, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a que abone a cada demandante las cantidades que seguidamente se indican, incrementadas en el 10 por 100 de interés anual por mora que también se señala:
    A don César Espínola Dosal: 2.864,44 euros, con más 119,48 euros.
    A don Juan Carlos Pérez Benítez: 2.485,39 euros, con más 103,64 euros.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Brokers Company Courier Worldwide, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/7.394/12)</texto>
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