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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento ordinario 58 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 8
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 58 de 2010 
    En el procedimiento ordinario número 58 de 2010, sobre otras materias, a instancias de Consorcio de Compensación de Seguros, con procurador sin profesional asignado, contra don Santos Cádiz Torres y don Manuel Cádiz Torres, con procurador sin profesional asignado, se han dictado las siguientes resoluciones:
    Sentencia
    En Madrid, a 20 de julio de 2011..Vistos por mí, doña Mónica Arévalo Arévalo Estecha, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 8 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 58 de 2010, a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros, asistido técnicamente por el letrado don Luis Méndez de Vigo Caro, contra don Santos Cádiz Torres y don Manuel Cádiz Torres, quienes fueron declarados en rebeldía.
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Santos Cádiz Torres y don Manuel Cádiz Torres, debo condenar y condeno a los demandados a pagar al demandante la cantidad de 12.402,93 euros, más los intereses conforme dispone el fundamento de derecho cuarto con expresa imposición de las costas a la parte demandada.
    Notifíquese la presente resolución, haciéndoles saber a las partes que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497 y 161 de la notificación de la sentencia de fecha 20 de julio de 2011 a los demandados don Santos Cádiz Torres y don Manuel Cádiz Torres.
    Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Rocío Flórez Hernández..En Madrid, a 12 de enero de 2012.
    El anterior escrito presentado por el abogado del Estado, en representación de Consorcio de Compensación de Seguros, únase a los autos de su razón.
    No a lugar a lo manifestado, procédase, como ordena el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a la publicación de la sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Hágase entrega a la parte actora del edicto comprensivo de la sentencia para que sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndola saber a la misma que dicha publicación será a su costa.
    Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante la secretaria judicial que la dicta.
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria (firmado).
    En Madrid, a 12 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/2.080/12)</texto>
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