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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.000 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

194 

Demanda 1.000 de 2010 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.000 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Christopher Puche Cifuentes, contra la empresa “Transportes Sanitarios El Madroño, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 31 de enero de 2012.
    Visto el contenido de la diligencia que antecede, se acuerda el señalamiento para los actos de conciliación y, en su caso, de juicio para el día 12 de abril de 2012, a las ocho y cincuenta horas, sirviendo la presente como citación en forma y haciendo saber a las partes que deberán comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse.
    Con respecto a la acumulación solicitada en escrito presentado por la parte actora en fecha 21 de junio de 2011, se acuerda que no ha lugar ya que en los autos número 1.001 de 2010 ya se ha celebrado juicio.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar ante quien dicta esta resolución dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Sanitarios El Madroño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 1 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/8.875/12)</texto>
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