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    <titulo>– El Escorial. Régimen económico. Resolución expediente sancionador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Escorial</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Resolución expediente sancionador 
    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.1 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por el concejal de Seguridad, Policía y Protección Civil y Tráfico, en uso de las facultades que le confieren el decreto de Alcaldía-Presidencia número 232, de 23 de septiembre de 2010; los artículos 7 y 71.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificado por Ley 18/2009, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
    De acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la LTCVMSV, cada interesado podrá proceder del siguiente modo:
    a)	Conformidad con la denuncia: se dispone de quince días hábiles para hacer el pago.
    b)	Forma de pago: mediante transferencia a la cuenta corriente 2038 2233 33 6000375046 o 0049 5180 18 2216073893.
    c)	Disconformidad con la denuncia: podrá formular con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a publicar esta notificación, en la forma prevista en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
           
        En El Escorial, a 6 de febrero de 2012..La concejala de Hacienda, Concepción Vicente Berzal.
    (02/1.590/12)</texto>
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