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    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento 2.001 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
 

112 

Procedimiento 2.001 de 2009 
    Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio ordinario a instancias de la Comunidad de Madrid, representada por el letrado de la Comunidad de Madrid, contra Coval de Minusválidos de Valdemoro, y ante el ignorado domicilio de la demandada que se indica se ha acordado librar el presente a fin de notificar a la misma la sentencia de 28 de noviembre de 2011, dictada en el procedimiento ordinario número 2.001 de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Que estimo la demanda interpuesta por la Comunidad de Madrid contra Fundación Coval de Minusválidos de Valdemoro, y en consecuencia se declara extinguida la Fundación Coval de Minusválidos de Valdemoro, por imposibilidad de realización de su fin fundacional.
    Líbrese testimonio de la presente resolución al Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid para su inscripción.
    Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación de esta sentencia, conforme establece el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Debiendo ingresar la correspondiente tasa en la cuenta de este Juzgado.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada Coval de Minusválidos de Valdemoro, cuyo domicilio se ignora, al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, que podrá preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
    En Madrid, a 28 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/7.832/12)</texto>
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