<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120316-111</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sección Vigésima Octava. Recurso 175 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-03-16-65150320120005</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/16/BOCM-20120316-111.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/16/BOCM-20120316-111.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/16/BOCM-20120316-111.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/16/BOCM-20120316-111.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
    Sección Vigésima Octava
    EDICTO
 

111 

Recurso 175 de 2011 
    Doña María Paz de la Fuente Isabal, secretaria judicial de la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid.
    Hago saber: Que en esta Sala se sigue recurso de apelación número 175 de 2011, dimanante del procedimiento ordinario número 856 de 2008, seguido ante el Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid, en cuyas actuaciones se ha dictado sentencia en fecha 7 de diciembre de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    “Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por don Piort Wiszniewski contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid en el proceso del que dimanan las actuaciones y cuya parte dispositiva se transcribe en los antecedentes, con imposición al recurrente de las costas derivadas del recurso de apelación.
    Remítanse los autos originales al Juzgado de lo mercantil, a los efectos pertinentes”.
    Y para que sirva de notificación a la entidad “Linee Aeree Italiane SPA” (Alitalia), en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se expide el presente.
    En Madrid, a 2 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/8.206/12)</texto>
</documento>