<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120314-47</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VALDELAGUNA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Valdelaguna. Régimen económico. Imposición tasa alcantarillado</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>63</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-03-14-63120320120190</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/14/BOCM-20120314-47.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/14/BOCM-20120314-47.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/14/BOCM-20120314-47.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/14/BOCM-20120314-47.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdelaguna</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VALDELAGUNA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

47 

Imposición tasa alcantarillado 
    El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de febrero de 2012, adoptó el acuerdo de imposición y ordenación de la tasa por la prestación del servicio de  alcantarillado.
    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente tramitado al efecto de la ordenanza fiscal reguladora de la citada tasa se somete a información pública durante el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
    Transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones, el acuerdo tendrá carácter definitivo.
    Valdelaguna, a 10 de febrero de 2012..El alcalde, Pablo Morate Haro.
    (03/7.630/12)</texto>
</documento>