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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 134 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
    EDICTO
 

132 

Demanda 134 de 2012 
    Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
    Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Giselle Graciela Tavárez Bahamontes, contra “Food Place, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 134 de 2012, se ha acordado citar a “Food Place, Sociedad Limitada”, y doña Herminia Márquez González, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 8 de mayo de 2012, a las diez y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 24, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
    Decreto
    La secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón..En Madrid, a 20 de febrero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    Admitir la demanda presentada.
    Señalar el día 8 de mayo de 2012, a las diez y veinte horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial y, en su caso, del acto de juicio.
    Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener a la actora por desistida de la demanda, y si se tratase de la demandada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.
    Al primer otrosí: estese a las manifestaciones que contiene la demanda.
    Tras las averiguaciones oportunas, aparece como administradora de la empresa demandada doña Herminia Hernanz Martínez. Cítese a los actos de conciliación/juicio a través de correo certificado exhorto dirigido al Juzgado de Torrejón de Ardoz y cautelarmente a través de edictos.
    Acuérdese citar a la empresa demandada a través de correo certificado, Servicio Común de Notificaciones y Embargos y cautelarmente a través de edictos.
    Respecto a la ampliación de la demanda, requiérase a la parte actora para que en el plazo de cuatro días concrete el domicilio de la nueva parte y qué relación tiene con la empresa.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de citación a “Food Place, Sociedad Limitada”, y doña Herminia Márquez González, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
    En Madrid, a 21 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/7.259/12)</texto>
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