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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 1. Procedimiento ordinario 1.158 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1
    EDICTO
 

277 

Procedimiento ordinario 1.158 de 2010 
    Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
    Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.158 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Ruiz Campos, don Tahiri Abdelmalik, don Mohammed El Messaoudi, don Ahmed El Messaoui, don Álvaro Lázaro Espada, don Julián Bermejo Cerro, don Juan Carlos de la Orden Hernández, don Said Azziani, don Mohamed Alí Irikriken Belali, don Nour Eddine Jaatit y don El Ayachy Serrouuk, contra las empresas “Forjados de Estructura Vicente, Sociedad Limitada”, “UTE Hospital General de Toledo”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Miguel Ángel Ruiz Campos, don Abdelmalik Tahiri, don Mohammed El Messaoudi, don Ahmed El Mesaoudi, don Álvaro Lázaro Espada, don Julián Bermejo Cerro, don Juan Carlos de la Orden Hernández, don Said Azziani, don Mohammed Alí Irikrikew, don Nour Eddine Jaatit y don El Ayachi Serrouk, contra “Forjados de Estructura Vicente, Sociedad Limitada”, y “UTE Hospital General de Toledo”, con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a las demandadas a que con carácter solidario abonen a los actores las siguientes cuantías:
    1.  A don Miguel Ángel Ruiz Campos: la cuantía de 3.272,19 euros.
    2.  A don Abdelmalik Tahiri: la cuantía de 1.400,64 euros.
    3.  A don Mohammed El Messaoudi: la cuantía de 1.365,20 euros.
    4.  A don Ahmed El Messaoudi: la cuantía de 1.364,50 euros.
    5.  A don Álvaro Lázaro Espada: la cuantía de 1.364,50 euros.
    6.  A don Julián Bermejo Cerro: la cuantía de 570,72 euros.
    7.  A don Juan Carlos dela Orden Hernández: la cuantía de 4.089,38 euros.
    8.  A don Said Azziani: la cuantía de 3.747,22 euros.
    9.  A don Mohammed Alí Irikrikew: la cuantía de 3.747,22 euros.
    10.  A don Nour Eddine Jaatit: la cuantía de 3.747,22 euros.
    11.  A don El Ayachy Serrouk: la cuantía de 3.747,22 euros.
    Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.
    Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”.
    Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Forjados de Estructura Vicente, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Toledo, a 24 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/5.639/12)</texto>
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