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    <fecha_publicacion>2012/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 271 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>58</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

261 

Ejecución 271 de 2011 
    Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 271 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Gabriel González Ochoa, contra la empresa “Fuentes y Castillo Inversiones y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se han dictado resoluciones de fechas 13 de septiembre de 2011 y 9 de enero de 2012 que literalmente dicen:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Luis Gabriel González Ochoa, frente a “Fuentes y Castillo Inversiones y Proyectos, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un importe de 14.404,57 euros de principal, más la cantidad de 2.000 euros que se calculan provisionalmente para intereses y costas.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Fuentes y Castillo Inversiones y Proyectos, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 14.404,57 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fuentes y Castillo Inversiones y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 6 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/5.450/12)</texto>
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