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    <identificador>BOCM-20120308-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 19 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

157 

Ejecución 19 de 2012 
    Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sandy Catherine Cox Márquez, contra doña María del Carmen Orellana Martínez, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez..En Madrid, a 6 de febrero de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, doña Sandy Catherine Cox Márquez, frente a doña María del Carmen Orellana Martínez por 148,50 euros de principal, más 14,85 euros en concepto de costas e intereses provisionales.
    Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el citado plazo de tres días hábiles, de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe la secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
    Decreto
    Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 6 de febrero de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten.
    Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la hacienda pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la hacienda pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la readmisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2609/0000/00/0929/10 sito en la calle Orense, número 19.
    Notifíquese la presente resolución.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña María del Carmen Orellana Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 6 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/5.631/12)</texto>
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