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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.403 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

150 

Demanda 1.403 de 2011 
    Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.403 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jahiro Patricio Morocho Calero, don Alfonso Nieto López, don Juan Carlos Feijoo Sáez, don Manuel Johnson Litardo España y don Santiago Cantos Santamaría, contra la empresa “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia número 84 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Estimando la demanda, declaro improcedentes los despidos de los actores y se declara extinguida la relación laboral y se condena a la empresa “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, a abonar:
    A don Jahiro Patricio Morocho Calero:
    .	Indemnización 4.739 euros.
    .	Salarios dejados de percibir: 2.879 euros.
    A don Alfonso Nieto López:
    .	Indemnización 20.745 euros.
    .	Salarios dejados de percibir: 3.545 euros.
    A don Juan Carlos Feijoo Sáez:
    .	Indemnización 7.428 euros.
    .	Salarios dejados de percibir: 5.633 euros.
    A don Manuel Johnson Litardo España:
    .	Indemnización 9.295 euros.
    .	Salarios dejados de percibir: 3.090 euros.
    A don Santiago Cantos Santamaría:
    .	Indemnización 1.468 euros.
    .	Salarios dejados de percibir: 3.562 euros.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello si el recurrente no goza de beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en el Banco “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1033, dígitos de control 40, indicando el número de procedimiento para su localización
    Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 2 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/5.331/12)</texto>
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