<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120301-98</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 64. Procedimiento 1.064 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>52</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-03-01-52230220120366</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/01/BOCM-20120301-98.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/01/BOCM-20120301-98.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/01/BOCM-20120301-98.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/01/BOCM-20120301-98.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64
    EDICTO
 

98 

Procedimiento 1.064 de 2010 
    En el juicio de procedimiento ordinario número 1.064 de 2010 se ha dictado la sentencia cuyo texto literal es el siguiente:
    Sentencia
    En Madrid, a 7 de febrero de 2012..Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.064 de 2010, promovidos a instancias de doña María del Carmen Villamor García, representada por la procuradora doña Blanca Ruiz Minguito y defendida por el letrado don José Antonio López-Mujeriego Guisado, contra don Weicheng Liu, en situación de rebeldía.
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Blanca Ruiz Minguito, en nombre y representación de doña María del Carmen Villamor García, contra don Weicheng Liu, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 6.789,50 euros, más los intereses legales de dicho importe desde la fecha de interposición de la demanda, con expresa imposición al mismo demandado de las costas causadas en este proceso.
    Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez.
    La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, debiendo acreditar al interponerlo haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2661), clave 02, a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Weicheng Liu la sentencia de fecha 7 de febrero de 2012 dictada en este procedimiento.
    En Madrid, a 8 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (02/1.355/12)</texto>
</documento>