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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Collado Villalba número 4. Procedimiento 998 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 4
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Procedimiento 998 de 2008 
    En el procedimiento ordinario número 998 de 2008 se ha dictado la resolución, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando en que su pretensión principal la demanda promovida por el procurador don Esteban Muñoz Nieto en nombre y representación de la entidad “Caixa Renting, Sociedad Anónima”, declaro resuelto el contrato suscrito el 18 de mayo de 2007 con la entidad “Gema Proyectos y Obras, Sociedad Limitada”, identificado con el número 6800-71-0054831-95, condenando a la citada entidad a la entrega del vehículo en su día objeto de contrato y al pago de 16.546,58 euros más el interés legal desde la presentación de la demanda con imposición de las costas causadas.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.
    Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá prepararse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, siendo necesaria la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado correspondiente a este expediente (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de “Gema Proyectos y Obras, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    Collado Villalba, a 14 de diciembre de 2011..El secretario (firmado).
    (02/1.330/12)</texto>
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