<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120228-57</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/02/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 48. Juicio de faltas 1.133 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>50</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-02-28-50150220120126</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/28/BOCM-20120228-57.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/28/BOCM-20120228-57.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/28/BOCM-20120228-57.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/28/BOCM-20120228-57.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48
    EDICTO
 

57 

Juicio de faltas 1.133 de 2011 
    Doña María Nieves Moreno Carrero, secretaria del Juzgado de instrucción número 48 de Madrid.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.133 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 1.133 de 2011, seguidas por una falta de hurto...
    Que debo condenar como condeno a don Ángel Córdoba Ramiro, como autor responsable de una falta de hurto en grado de tentativa prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de multa de un mes, a razón de una cuota diaria de 5 euros, y pago de costas, si las hubiere, con responsabilidad personal subsidiaria de privación de libertad de un día por cada dos cuotas insatisfechas.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ángel Córdoba Ramiro, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 9 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/4.391/12)</texto>
</documento>