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    <titulo>– Parla. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Parla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PARLA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Modificación ordenanza 
    Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, adoptado en sesión del día 11 de octubre de 2011, por el que se aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza municipal de tráfico del Ayuntamiento de la villa de Parla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local.
    La mencionada modificación se publica el día 21 de enero de 2012 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 18. Observadas ciertas omisiones en el texto publicado, se rectifica el mismo añadiendo como artículos modificados del número 87 al 109 del título VII, “Del procedimiento sancionador”, quedando como sigue:
    Se sustituyen todos los artículos recogidos en el mencionado título VII de la ordenanza de circulación de la villa de Parla, “Del procedimiento sancionador”, artículos 87 al 109, por un único artículo, “Del procedimiento sancionador” artículo 87: «El procedimiento sancionador de la presente ordenanza se ajustará al procedimiento establecido en el título V, “Régimen sancionador”, de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, los reglamentos que lo desarrollan y el resto de legislación en vigor que le pudiera ser de aplicación.»
    En Parla, a 14 de febrero de 2012..El alcalde-presidente, José María Fraile Campos.
    (03/5.327/12)</texto>
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