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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 291 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 291 de 2011 
    Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 291 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luisa Marcos Araunabena, contra la empresa “Lincer 2010, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:
    Diligencia..La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 26 de octubre de 2011 ha tenido entrada en este Juzgado escrito de la parte demandante, el cual se une a los autos de su razón..Doy fe.
    Auto
    Magistrado-juez de lo social, don José María Reyero Sahelices..En Madrid, a 17 de enero de 2012.
    Parte dispositiva:
    En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 13 se septiembre de 2011 a favor de la parte ejecutante doña María Luisa Marcos Araunabena, frente a “Lincer 2010, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.183,86 euros, más 318 euros en concepto de intereses provisionales y 318 euros en concepto de costas provisionales.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación mediante escrito que deberá alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido el auto y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lincer 2010, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/3.933/12)</texto>
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