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    <titulo>Madrid número 6. Procedimiento ordinario 257 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 257 de 2008 
    En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 257 de 2008, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica, a doña Maria de las Mercedes Lozano Gómez y a don Pedro Pablo Pérez Parrado la sentencia dictada, cuyo tenor literal es el siguiente:
    Sentencia número 844 de 2011
    En Madrid a 28 de octubre de 2011.
    Fallo
    Que estimando íntegramente la demanda seguida a instancia de la mercantil “Distribuidora Caballero, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Norberto Pablo Jerez Fernández y asistida del letrado don José Javier Lanchas Fernández, contra doña María de las Mercedes Lozano Gómez y don Pedro Pablo Pérez Parrado, declarados rebeldes, debo condenar y condeno, declarando su responsabilidad como administradores, a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 14.692,78 euros, debiendo incrementarse dicha cantidad en el interés legal desde la interpelación judicial, con imposición de las costas de este proceso a la parte demandada.
    Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, y contra la que cabe preparar (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar de su notificación, ante este Juzgado, a resolver por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María de las Mercedes Lozano Gómez y de don Pedro Pablo Pérez Parrado, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    Madrid a 14 de diciembre de 2011..El secretario (firmado).
    (02/1.000/12)</texto>
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