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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/02/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Procedimiento ordinario 773 de 2010.2-R</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1
    EDICTO
 

168 

Procedimiento ordinario 773 de 2010.2-R 
    Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
    Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 773 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mahmoud Essabaouni, contra la empresa “Valdepeñas Viales y Urbanísticas, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:
    Que estimo la demanda de don Mahmoud Essabaouni sobre reclamación de cantidad y condeno a la empresa demandada “Valdepeñas Viales y Urbanísticas, Sociedad Limitada”, a que pague al actor la cantidad de 2.468,42 euros, suma que devengará el 10 por 100 de intereses.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer ningún recurso ordinario [artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de la Jurisdicción Social].
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Valdepeñas Viales y Urbanísticas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Guadalajara, a 26 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/4.498/12)</texto>
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