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    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Notificación período inicio actuaciones inspectoras</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Notificación período inicio actuaciones inspectoras 
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se pone de manifiesto por el presente anuncio que se encuentran en la Unidad de Inspección Tributaria, pendientes de notificación en período voluntario audiencia previa al acta, en los conceptos que a continuación se relacionan:
    Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
    Protocolo. . Notario. . Fecha. . Concepto. . Contribuyente. . DNI/CIF. . Objeto  	tributario
    1322. . Miguel Estella Garbayo. . 4 de noviembre de 2008 . I.I.V.TN.U. . Porras Torres, José Luis. . 11808745-Q. . Muelle, 1, segundo A.
    En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente o sus representantes debidamente acreditados deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente relación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, en la Unidad de Inspección Tributaria, al efecto de practicar la notificación de las referidas propuestas de liquidación y expedientes sancionadores.
    Asimismo, se advierte a los interesados de que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
    Contra las liquidaciones que motivan esta actuación los interesados deberán interponer recurso de reposición ante el alcalde-presidente dentro del plazo de un mes a contar desde su notificación (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
    Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio, en su caso de la procedencia del recurso extraordinario de revisión (artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
    Igualmente podrá interponer cualquier otro recurso que estime procedente, indicándole que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
    Humanes de Madrid, a 12 de enero de 2012..El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.
    (02/554/12)</texto>
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