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    <fecha_publicacion>2012/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 76. Procedimiento 149 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76
    EDICTO
 

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Procedimiento 149 de 2009 
    Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.
    Hace saber: Que en este Juzgado, y con número fex 149 de 2009, se siguen autos de exequátur a instancias de don Ángel Avelino Lorenzo Estráviz, y en su nombre y representación la procuradora doña María José Ruipérez Palomino, contra doña Valerie Kay Lorenzo, en cuyos autos se ha dictado auto, cuyos hechos y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
    Auto número 24 de 2012
    Ilustrísima señora magistrada-juez de primera instancia, doña María José Romero Suárez..En Madrid, a 20 de enero de 2012.
    Dada cuenta; visto el estado procesal que mantienen las presentes actuaciones, es procedente dictar la presente resolución en base a lo siguiente:
    Parte dispositiva:
    Se acuerda estimar la demanda de exequátur presentada por la procuradora de los tribunales doña María José Ruipérez Palomino, en nombre y representación de don Ángel Avelino Lorenzo Estráviz, y debo declarar y declaro reconocida, válida y ejecutable la sentencia de divorcio pronunciada por el Tribunal del Condado de Canterbury el 2 de septiembre de 1977, firme el mismo día.
    Líbrese certificación literal de esta resolución, que quedará unida al procedimiento, llevándose su original al libro de su razón.
    No constando la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Central, no procede librar el correspondiente exhorto al citado registro para que proceda a la anotación marginal.
    Notifíquese la presente resolución a doña Valerie Kay Lorenzo a través de edictos, con su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, enviado de oficio por este Juzgado al tener el demandante reconocida la asistencia jurídica gratuita.
    Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de primera instancia, doña María José Romero Suárez..Doy fe.
    Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.
    Y para que sirva de notificación del auto a la demandada doña Valerie Kay Lorenzo, en paradero desconocido, expido el presente edicto en Madrid, a 20 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/3.776/12)</texto>
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