<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120218-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/02/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Demanda 1.534 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>42</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-02-18-42130220120325</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/18/BOCM-20120218-125.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/18/BOCM-20120218-125.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/18/BOCM-20120218-125.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/18/BOCM-20120218-125.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

125 

Demanda 1.534 de 2010 
    Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.534 de 2010, sentencia número 11 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Asunción Pérez Candelas, contra doña María Jesús García Novoa y herederos de don Salvador Esteban Coca, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Fallo
    Que estimando en parte la demanda promovida por doña Asunción Pérez Candelas, frente a doña María Jesús García Novoa y herederos de don Salvador Esteban Coca, siendo citado como parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, condeno a los demandados solidariamente a abonarle la suma de 640 euros, absolviéndoles de sus restantes pretensiones.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María Jesús García Novoa y herederos de don Salvador Esteban Coca, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/3.758/12)</texto>
</documento>