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    <titulo>Madrid número 27. Demanda 673 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

119 

Demanda 673 de 2011 
    Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 673 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexis Felipe Salvatierra Bendezú, contra la empresa “Instalaciones Antic, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Alexis Felipe Salvatierra Bendezú, contra “Instalaciones Antic, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado al actor con efectos de fecha 29 de abril de 2011, y ante el cierre y cese de la actividad de la empresa, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral con efectos desde esta resolución, condenando a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 4.755,38 euros en concepto de indemnización, más otros 8.792,16 euros en concepto de salarios de tramitación.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
    Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2525 que tiene abierta en “Banesto”, Madrid Urbana, calle Princesa, número 2, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año).
    Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Antic, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 20 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/3.590/12)</texto>
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