<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120217-67</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL MOLAR</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/02/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Molar. Otros anuncios. Convocatoria juez de paz sustituto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>41</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-02-17-41090220120419</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-67.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-67.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-67.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-67.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR
    OTROS ANUNCIOS
 

67 

Convocatoria juez de paz sustituto 
    Habiendo finalizado el plazo de cuatro años de ejercicio del cargo por el actual juez de paz sustituto, se convoca a todos los interesados para que presenten en el Ayuntamiento sus solicitudes de nombramiento.
    Los requisitos para tal nombramiento a tenor de lo preceptuado en los artículos 102, 303 y 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y art. 1° del Reglamento 3/1995, de 7 de junio , son los siguientes:
    .	Ser español.
    .	Mayor de 18 años.
    .	Carecer de antecedentes penales.
    .	Estar capacitado física o psíquicamente para la función pública judicial.
    El cargo de juez de paz sustituto será incompatible con la de ejercer cargos públicos de elección popular o designación política ni ejercer empleo público retribuido por cualquiera de las Administraciones Públicas y de asesorameinto jurídico. Tampoco podrá pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos.
    La instancia se recogerá en el Ayuntamiento y se deberá de acompañar certificado de antecedentes penales, debiendo presentarla en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de oficina, a tenor de lo preceptuado en el artículo 86.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    El Molar, a 19 de enero de 2012..El alcalde, Emilio de Frutos.
    (03/4.042/12)</texto>
</documento>