<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120217-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COBEÑA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/02/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cobeña. Régimen económico. Ordenanza precio público espectáculos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>41</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-02-17-41090220120413</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-65.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/17/BOCM-20120217-65.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE COBEÑA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

65 

Ordenanza precio público espectáculos 
    El Pleno del Ayuntamiento de Cobeña, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora del precio público por entrada a espectáculos celebrados en el municipio de Cobeña, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Cobeña, a 27 de enero de 2012..El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
    (03/3.694/12)</texto>
</documento>