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    <fecha_publicacion>2012/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Condecoración
– Decreto 37/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se concede la Placa de Oro a la Fundación Renal Íñigo Álvarez de Toledo</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE SANIDAD           
 

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DECRETO 37/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se concede la Placa de Oro a la Fundación Renal Íñigo Álvarez de Toledo. 
    Mediante Decreto 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, se crearon diversas distinciones honoríficas en la sanidad madrileña, entre ellas, la Placa de Oro, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la precitada norma, tiene por objeto premiar y reconocer la colaboración de entidades públicas o privadas, que constituyan de manera excepcional a mejorar la calidad y el prestigio de la sanidad de la Comunidad de Madrid.
    La concesión de la Placa de Oro corresponde, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Orden 1286/2006, de 22 de junio, por la que se desarrolla aquel Decreto, al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del titular de la Consejería de Sanidad.
    En base a lo expuesto, el Consejero de Sanidad eleva propuesta para la concesión de la Placa de Oro a la Fundación Renal Íñigo Álvarez de Toledo, en reconocimiento a su labor asistencial y humana con las personas que sufren afecciones renales, así como el apoyo a la investigación en enfermedades renales.
    En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 16 de febrero de 2012,
    DISPONE
    Conceder la Placa de Oro a la Fundación Renal Íñigo Álvarez de Toledo, en reconocimiento a su labor asistencial y humana con las personas que sufren afecciones renales, así como el apoyo a la investigación en enfermedades renales.
    Dado en Madrid, a 16 de febrero de 2012.
    	El Consejero de Sanidad,	La Presidenta, 	JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC	ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA 
    (03/5.531/12)</texto>
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