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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.145 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Demanda 1.145 de 2010 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.145 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvana Vasileva Mutafieva, contra doña Rumyana Stoyanova Atanasova, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 440 de 2011
    En Madrid, a 27 de septiembre de 2011..Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de doña Silvana Vasileva Mutafieva, asistida del letrado don Rafael Peinador de Isidro, colegiado número 58.758, contra doña Rumyana Stoyanova Atanasova, que no comparece.
    Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Fallo
    Procede estimar la demanda planteada por doña Silvana Vasileva Mutafieva, contra la demandada doña Rumyana Stoyanova Atanasova, y debo condenar a la parte demandada a que abone a la demandante la cantidad de 1.332,98 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Rumyana Stoyanova Atanasova, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/3.366/12)</texto>
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