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    <fecha_publicacion>2012/02/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 77. Procedimiento ordinario 342 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Procedimiento ordinario 342 de 2010 
    Doña María Micaela Hurtado Yelo, secretaria del Juzgado de primera instancia número 77 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 342 de 2010, seguido a instancias de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, contra “Alumifacil Gest, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 209 de 2011
    En Madrid, a 8 de noviembre de 2011..Don Luis Antonio Gallego Otero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 77 de los de Madrid, habiendo visto en juicio oral y público el juicio ordinario (reclamación de cantidad) número 342 de 2011, seguido en este Juzgado a instancias de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Elisa Zabía de la Mata y asistida por el letrado don Diego Sánchez Cuadrado, contra “Alumifacil Gest, Sociedad Limitada”, ha pronunciado la siguiente sentencia, en nombre del Rey.
    Fallo
    Estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña Elisa Zabía de la Mata, en representación de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, contra “Alumifacil Gest, Sociedad Limitada”, condenándole a abonar a la actora la cantidad de 3.742,96 euros, más los intereses de demora previstos en la Ley 3/2004, así como a las costas.
    Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, interponiéndole en este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.
    Para la admisión a trámite de la interposición del recurso deberá la parte acompañar de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado, la número 2366, de “Banesto”, con la clave 02 y número de procedimiento, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite y por aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta.
    Así lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    La anterior sentencia ha sido dictada, leída y publicada por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.. Doy fe.
    Y para que sirva de notificación en legal forma, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/591/12)</texto>
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