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    <titulo>– Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal reguladora tasa licencias urbanísticas</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal reguladora tasa licencias urbanísticas 
    En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 286, de fecha 2 de diciembre de 2011, aparece publicado el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre de 2011.
    Durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, no se ha presentado ninguna reclamación o sugerencia, por lo que se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal que figura en el anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
    Contra la citada modificación de la ordenanza fiscal podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
    ANEXO
    MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN URBANA
    La modificación afecta al artículo 7, “Tipos de gravamen”, epígrafe séptimo, que quedaría redactado de la siguiente forma:
    Artículo 7.  Tipo de gravamen:
    “Epígrafe séptimo..Para la obtención de la licencia de primera ocupación, las obras y construcciones en general, que así se requiera por aplicación de la norma legal, devengarán el 1,3 por 100 del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra ejecución”.
    En Hoyo de Manzanares, a 11 de enero de 2012..El alcalde, José Ramón Regueiras García.
    (03/2.573/12)</texto>
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