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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 16 de 2012</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

91 

Ejecución 16 de 2012 
    Doña Almudena Ortíz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 16 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Soledad Valcercal Sola, contra “Instalaciones eléctricas Masoll, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto y diligencia de ordenación, de fecha 13 de enero de 2012, cuyo texto es del tenor literal siguiente:
    Auto
    La magistrada-juez doña Teresa Orellana Carrasco..En Madrid, a 13 de enero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social..La magistrada-juez.
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Almudena Ortíz Martín..En Madrid, a 13 de enero de 2012.
    Solicitada ejecución de sentencia de despido, y concurriendo los presupuestos previstos por la ley, fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada en estos autos y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 277 y 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese a las partes para que comparezcan  en este Juzgado el 13 de febrero de 2012, a las nueve y diez, al objeto de ser oídas sobre incidente de no readmisión, a cuyo acto intenten valerse en orden a acreditar los hechos que aleguen en relación a la misma. Dese traslado de copia de lo presentado a las otras partes.
    Notifíquese a las partes esta resolución.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Así lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones eléctricas Masoll, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 13 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/2.569/12)</texto>
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