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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 337 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 337 de 2011 
    Doña Ana María García García, secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 337 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de Rabiaa El Barkouri, contra “Afyouni, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispotiva es del tenor literal siguiente:
    Auto
    La magistrada-juez, doña María Isabel Saiz Areses..En Madrid, a 9 de enero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, Rabiaa El Barkouri, frente a “Afyouni, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 3.591,23 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículo 239.4 y 187 de la Ley de Jurisdicción Social)..La magistrada-juez (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Afyouni, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/2.101/12)</texto>
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