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– Notificación de 27 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Inmigración, de resolución de denegación de ampliación de plazo de ejecución del expediente 2010PP1805, correspondiente a la entidad Asociación “El Camino”, que se tramita al amparo de la Orden 20/2010, de 26 de febrero, de la Consejería de Inmigración y Cooperación</titulo>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
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    CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES           
 

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NOTIFICACIÓN de 27 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Inmigración, de resolución de denegación de ampliación de plazo de ejecución del expediente 2010PP1805, correspondiente a la entidad Asociación “El Camino”, que se tramita al amparo de la Orden 20/2010, de 26 de febrero, de la Consejería de Inmigración y Cooperación. 
    Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de la interesada, y no siendo posible haber realizado esta por causas no imputables a esta Administración, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido.
    A tal efecto, se pone en conocimiento de la Asociación “El Camino” que se encuentra a su disposición en las dependencias de la Subdirección General de Programas de Integración (calle Los Madrazo, número 34, segunda planta) resolución de denegación de ampliación de plazo de ejecución al amparo de la Orden 20/2010, de 26 de febrero, de la Consejería de Inmigración y Cooperación, por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 65/2009, de 4 de mayo, de concesión de subvenciones a instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas y proyectos en el área de integración de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2010, la cual deberá ser retirada por la interesada en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 27 de diciembre de 2011..El Director General de Inmigración, Pablo Gómez Tavira.
    (03/1.264/12)</texto>
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