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    <fecha_publicacion>2012/02/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Notificación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Notificación 
    Por no haber sido posible practicar en el domicilio del destinatario la notificación que se relaciona en el anexo I, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
    Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen los artículos 109 de la LRJPAC, en la nueva redacción otorgada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 210 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 28 de noviembre de 1986, podrá interponerse:
    .	Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos) en el plazo de dos meses, contados en ambos supuestos a partir de la fecha siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la LRJPAC, y 8 y 10, en relación con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La interposición de estos recursos no suspenderá la ejecución del acto impugnado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 111.2 de la LRJPAC.
    El contenido íntegro de las resoluciones que se notifican podrá ser examinado en el Departamento de Industria del Ayuntamiento de Alcobendas.
    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre), se pone en su conocimiento que los datos recogidos serán tramitados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias. El interesado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.
    ANEXO I
    Expediente número: I70/11-IH.
    Interesada: “Palomitas de Ilusión, Sociedad Limitada”.
    CIF: B-85447340.
    Domicilio última notificación: paseo Alcobendas, número 10, local 35.
    Motivo: infracción del artículo 23 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, por incumplimiento de la normativa legal en materia de horarios de cierre de establecimientos públicos, infracción tipificada en el artículo 39.1 de la citada Ley. En la actividad de “croissanterie” con acceso a Internet, sita en el paseo de Alcobendas, número 10, local 35.
    Resolución: decreto 10914/2011, de 24 de noviembre.
    Sanción: 900 euros.
    Alcobendas, a 5 de enero de 2012..El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
    (02/442/12)</texto>
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