<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120201-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/02/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.040 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>27</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-02-01-27180120120008</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/01/BOCM-20120201-125.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/01/BOCM-20120201-125.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/01/BOCM-20120201-125.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/02/01/BOCM-20120201-125.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
    EDICTO
 

125 

Demanda 1.040 de 2011 
    Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.040  de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Antonio García García, contra la empresa “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia, de 20 de diciembre de 2011, del tenor literal siguiente:
    Que estimando la demanda de don Pedro Antonio García García, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado, y declarando extinguida la relación laboral condeno a la demandada al abono de 16.733 euros en concepto de indemnización y a la suma de 10.303,51 euros en concepto de salarios de tramitación, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
    En Madrid, a 3 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/1.299/12)</texto>
</documento>