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    <fecha_publicacion>2012/01/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 69. Juicio verbal 427 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69
    EDICTO
 

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Juicio verbal 427 de 2011 
    Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69, de los de Madrid.
    Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 427 de 2011, seguidos a instancias de “Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, representada por el procurador, don Javier González Fernández, contra “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada”, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a los demandados rebeldes, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 166 de 2011
    En Madrid, a 18 de julio de 2011..Vistos por doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 427 de 2011, seguidos a instancias de “Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, representada por el procurador, don Javier González Fernández y asistida por el letrado, don Alfonso González Moráis, contra “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad de 3.609,05 euros de principal, ha dictado en nombre del Rey.
    Fallo
    Estimo la demanda interpuesta por el procurador, don Javier González Fernández, en representación de “Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, frente a “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,
    1.  Condeno a “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada” a pagar a la demandante la suma de 3.609,05 euros, más el interés de dicha suma, al tipo pactado y desde el 4 de junio de 2010.
    2.  Condeno igualmente a “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada” al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.
    Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación. Para su admisión a trámite será necesario, en todo caso, que al tiempo de preparar el recurso la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado de “Banesto”, número 28890000-02, y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar al escrito de preparación del recurso, que sin ello no será admitido a trámite.
    Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
    Publicación..Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez firmante de la misma, en el día de su fecha y hallándose celebrando audiencia pública. De todo lo cual, como secretaria, doy fe. 
    Fallo
    Y como consecuencia del ignorado paradero de “Mundo Dental Europeo, Sociedad Limitada” y para que sirva de notificación en forma a los referidos demandados y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente que firmo en Madrid, a 9 de enero de 2011..La secretaria (firmado).
    (02/375/12)</texto>
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