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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 598 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

95 

Demanda 598 de 2011 
    Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 598 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Andrés Hernández Pérez, contra don Emilio García Caro Carbonel, don José Manuel Sánchez Martín y “Trasquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia con fecha 13 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por don Juan Andrés Hernández Pérez, contra “Trasquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, don Emilio García Caro Carbonel y don José Manuel Sánchez Martín, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando solidariamente a los tres demandados a que le indemnicen en 14.470,31 euros, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la presente sentencia, lo que asciende a 10.084,20 euros, pudiendo descontarse, en su caso, los salarios que el trabajador haya percibido en otra empresa si ha sido contratado con posterioridad al despido, y debo declarar y declaro extinguida en esta fecha la relación laboral.
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
    Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito”.
    Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito.
    Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Emilio García Caro Carbonel, don José Manuel Sánchez Martín y “Trasquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 21 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/786/12)</texto>
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