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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</departamento>
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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 3 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 3 de 2011 
    Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 3 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    En Navalcarnero, a 10 de enero de 2011..Vistos por mí, doña Mirian Sánchez Calvo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 3 de 2011, seguidos por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por don Juan Vicente Chamorro Núñez, frente a doña Nicoleta Adir, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a doña Nicoleta Adir, como autora responsable de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, a razón de 6 euros diarios.
    En caso de impago de la multa, la condenada cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que habrá de cumplir mediante localización permanente.
    Se imponen a la condenada las costas procesales ocasionadas, si las hubiere.
    Modo de impugnación: notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, permaneciendo las actuaciones durante dicho plazo a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, en relación a los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Nicoleta Adir, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 14 de diciembre de 2011..La secretaria (firmado).
    (03/963/12)</texto>
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