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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/01/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 4. Procedimiento ordinario 802 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 4
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 802 de 2009 
    En el juicio de procedimiento ordinario número 802 de 2009 se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
    Sentencia número 248 de 2011
    En Navalcarnero, a 2 de diciembre de 2011..Vistos por doña Ana García González, magistrada-juez titular de este Juzgado, los autos de procedimiento ordinario número 802 de 2009, seguidos a instancias de la mercantil “Autopista Madrid-Toledo, Concesionaria Española de Autopistas, Sociedad Anónima”, como parte demandante, representada por el procurador de los tribunales don David Blandín García y asistida por la letrada doña Lourdes Gómez Benito, contra don Manuel Tapias Mejía, declarado en situación de rebeldía procesal, y la mercantil “Axa Seguros, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Beltrán Marín y asistida por la letrada doña Agustina Aparicio Pérez, se procede
    Fallo
    Estimar la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Blandín García, en nombre y representación de la mercantil “Autopista Madrid-Toledo, Concesionaria Española de Autopistas, Sociedad Anónima”, frente a la mercantil “Axa Seguros” y don Manuel Tapias Mejía, y en consecuencia:
    1.  Condenar a los demandados, de forma solidaria, al pago al demandante de la cantidad de 9.195 euros.
    2.  Condenar a los demandados al abono del interés legal del dinero de la cantidad reclamada desde la fecha de presentación de la demanda.
    3.  Todo ello con expresa condena en costas.
    Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días, a contar desde el día siguiente de su notificación para la Audiencia Provincial de Madrid.
    Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación..Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia dictada en autos a don Manuel Tapia Mejías.
    En Navalcarnero, a 21 de diciembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
    (02/169/12)</texto>
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