<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120119-148</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/01/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 25. Demanda 1.306 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>16</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-01-19-16120120120076</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-148.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-148.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-148.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-148.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

148 

Demanda 1.306 de 2010 
    Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.306 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Humberto Marín Guarniz, contra “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, y “Dragados, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 529 de 2011
    En Madrid, a 14 de diciembre de 2011..Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 1.306 de 2010 y acumulados números 1.307, 1.310 y 1.311 de 2010, seguidos a instancias de don Víctor Humberto Martín Guarniz, con documento nacional de identidad número 48201550-J; don Gerardo Robles Cabrera, con número de identificación de extranjería X-8064002-H; don Carlos Fernando Ca, con número de identificación de extranjería X-8861987-H, y don Musthapha Maarouf, con número de identificación de extranjería X-80640012-H, representados por el letrado don Antonio Guerrero Labrador, según poder que consta en autos, contra las empresas “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, “Dragados y Construcciones, Sociedad Anónima”, administración concursal de dicha mercantil y Fondo de Garantía Salarial, quienes no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:
    Fallo
    Que con estimación de la demanda deducida por don Víctor Humberto Martín Guarniz, don Gerardo Robles Cabrera, don Carlos Fernando Ca y don Musthapha Maarouf, contra la empresa “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, administración concursal de “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, a que abone a los actores las siguientes cantidades:
    Para don Víctor Humberto Martín Guarniz la suma de 2.799,53 euros, más el 10 por 100 de mora legal.
    Para don Gerardo Robles Cabrera la suma de 5.833,47 euros, más el 10 por 100 de mora legal.
    Para don Carlos Fernando Ca la suma de 3.210,10 euros, más el 10 por 100 de mora legal.
    Para don Musthapha Maarouf la suma de 4.904,33 euros, más el 10 por 100 de mora legal.
    Igualmente se condena a la administración concursal de “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración.
    Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, de conformidad al artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta por este Juzgado en “Banesto”, oficina sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditándolo en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta la cantidad objeto de condena o se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
    Así lo pronuncia, manda y firma.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a la demandada “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
    En Madrid, a 14 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/562/12)</texto>
</documento>