<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120119-128</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/01/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 15. Demanda 976 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>16</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-01-19-16120120120057</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-128.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-128.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-128.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/19/BOCM-20120119-128.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

128 

Demanda 976 de 2011 
    Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 976 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Castillo Ballesteros, contra la empresa “Tilde Servicios Editoriales, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:
    Que debo estimar y estimo la demanda formulada por doña Ana María Castillo Ballesteros, contra la empresa “Tilde Servicios Editoriales, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, declarando la improcedencia del despido de la actora, y asimismo declaro la extinción de la relación laboral con efectos de fecha 16 de diciembre de 2011, condenando a la empresa demandada a abonar a la parte actora una indemnización de 27.814,72 euros, y los salarios de tramitación devengados desde el 16 de julio de 2011 hasta el 16 de diciembre de 2011, a razón de 41,67 euros diarios, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo, durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal si los hubiere.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tilde Servicios Editoriales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 19 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/578/12)</texto>
</documento>