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    <fecha_publicacion>2012/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 49. Juicio verbal 2.260 de 2010</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Juicio verbal 2.260 de 2010 
    En el procedimiento de juicio verbal número 2.260 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 315 de 2011
    En Madrid, a 3 de noviembre de 2011..Vistos por mí, doña Amelia Reíllo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes a juicio verbal que fueron registrados bajo el número 2.260 de 2010, instados por don Ismael Benboutahar, representado por el procurador don Luis de Argüelles González y asistido por la letrada doña Dolores de Argüelles González, contra don Juan Miguel Zafra Navarro, “Direct, Seguros y Reaseguros”, y Consorcio de Compensación de Seguros, y atendiendo al siguiente
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Luis de Argüelles González, en nombre y representación de don Ismael Benboutahar, dirigida contra los demandados “Direct Seguros y Reaseguros”, don Juan Miguel Zafra Navarro y Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a los demandados don Juan Miguel Zafra Navarro y “Direct Seguros y Reaseguros” a que abonen conjunta y solidariamente a la parte actora la cantidad de 2.342,94 euros, más intereses legales, absolviendo al Consorcio de Compensación de Seguros, con imposición de costas del presente procedimiento, conjunta y solidariamente, a los demandados don Juan Miguel Zafra Navarro y “Direct Seguros y Reaseguros”.
    Modo de impugnación: conforme al nuevo apartado 1 del artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía, cuando esta no supere los 3.000 euros, no cabe recurso de apelación.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha..Doy fe en Madrid.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Miguel Zafra Navarro, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    Madrid, a 20 de diciembre de 2011..El secretario (firmado).
    (02/11.120/11)</texto>
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