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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 144 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

147 

Ejecución 144 de 2011 
    Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 144 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nelson Aníbal Mariño Núñez, contra la empresa “Durc Anagel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución general, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Elena Burgos Herrera..En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente proceso a favor de don Nelson Aníbal Mariño Núñez, contra “Durc Anagel, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 10.248,64 euros de principal, más la de 1.024,86 euros de costas y 614,91 euros, calculado provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
    Notifíquese esta resolución a las partes y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Durc Anagel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 12 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/398/12)</texto>
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