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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 676 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

112 

Demanda 676 de 2011 
    Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 676 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Rubén Sánchez Mesquita, contra la empresa “Duque y Leo Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 441 de 2011
    En Madrid, a 9 de diciembre de 2011..Vistos por su señoría ilustrísima doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en materia de despido entre las siguientes partes: como demandante, don Jorge Rubén Sánchez Mesquita, asistido del letrado don Juan Francisco García Rojo, y como demandada, “Duque y Leo Restauración, Sociedad Limitada”.
    Vistos los preceptos citados y demás de pertinente aplicación,
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta por don Jorge Rubén Sánchez Mesquita, frente a la empresa “Duque y Leo Restauración, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 4 de abril de 2011, y resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 3.152,36 euros en concepto de indemnización y 9.967,47 euros por salarios de tramitación.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Duque y Leo Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 12 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/43.373/11)</texto>
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