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    <titulo>– Alameda del Valle. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alameda del Valle</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA DEL VALLE
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanzas fiscales 
    En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por el que se ordena la publicación en el tablón de anuncios de la entidad durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas a la aprobación provisional de las modificaciones de las ordenanzas fiscales relativas a la tasa por prestación del servicio de alcantarillado, tasa por celebración de matrimonio civil, tasa por expedición de documentos administrativos, tasa por licencias urbanísticas, tasa por ocupación de terrenos de uso público con materiales de construcción y escombros, con mesas y sillas y con puestos ambulantes de mercadillo, tasa por abastecimiento de agua, así como la creación de la ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de mesas y veladores en suelo público municipal, aprobadas provisionalmente por el Pleno municipal de fecha 20 de diciembre de 2011.
    En Alameda del Valle, a 23 de diciembre de 2011..El alcalde, Mariano García Sanz.
    (03/43.911/11)</texto>
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