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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 153 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

82 

Ejecución 153 de 2010 
    Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 153 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Guijarro Blasco, don Luis Miguel Guijarro Blasco, don Enrique Ferré Borrás y doña Milena Petrova Baeva, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto siguiente:
    Parte dispositiva:
    Se acuerda el embargo sobre el crédito que contra Ministerio de Fomento y “Unión Temporal de Empresas Los Rábanos”, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con los mismos, en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrense los correspondientes oficios a las referidas empresas al objeto de que requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.
    Y asimismo, adviértase:
    a)  Que el pago que, en su caso, hicieren a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora.
    b)  De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.970/11)</texto>
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