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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 623 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
 

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Demanda 623 de 2011 
    Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
    Doy fe: Que en el procedimiento de demanda número 623 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángeles Arias López, contra la empresa “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 500 de 2001
    En Madrid, a 2 de diciembre de 2012..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número 623 de 2011, a instancias de doña María Ángeles Arias López, asistida del letrado señor Alfonso Moraleda, frente a la entidad “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial.
    Fallo
    Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad entablada por doña María Ángeles Arias López, frente a la entidad “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 1.412,31 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación siendo firme desde la fecha en la que se dicta.
    Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que se dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 12 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.724/11)</texto>
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