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    <titulo>Madrid número 72. Procedimiento ordinario 81 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
 

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Procedimiento ordinario 81 de 2008 
    En el procedimiento ordinario número 81 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 283 de 2011
    En Madrid, a 7 de octubre de 2011..Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial, los presentes autos de juicio ordinario número 81 de 2008, a instancias de don Pedro González Reglero y doña Eloísa María Bermúdez Colino, representados por el procurador don Pedro Antonio González Sánchez y defendidos por el letrado don José Manuel Lorenzo Rodríguez, contra la sociedad “Fentimán, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, versando los autos sobre reclamación de cantidad.
    Fallo
    Que estimando la demanda presentada por el procurador señor González Sánchez, en nombre y representación de don Pedro González Reglero y doña Eloísa María Bermúdez Colino, contra la sociedad “Fentimán, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a los actores la cantidad de 601.012,11 euros, más los intereses legales desde el 9 de febrero de 2006 hasta el día de hoy y los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde el día de hoy hasta su completo pago, todo con expresa imposición de las costas procesales a la demandada.
    Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de cinco días computados desde su notificación para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de “Fentimán, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    Madrid, a 22 de noviembre de 2011..El secretario (firmado).
    (02/10.830/11)</texto>
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