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    <titulo>Madrid número 35. Demanda 350 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

177 

Demanda 350 de 2011 
    Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de los de Madrid.
    Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Germán Antonio López González, contra “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número 350 de 2011, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo por el presente se publica, es del tenor literal siguiente:
    Sentencia 415 de 2011
    En Madrid, a 7 de octubre de 2011..Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 35 de los de Madrid, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-350 de 2011, seguidos a instancias de don Germán Antonio López González, que comparece asistido del letrado don Antonio González Caballero, contra “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre cantidad, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.
    Fallo
    Que estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por don Germán Antonio López González, contra “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada al pago al actor de 1.368,85 euros netos, que se incrementarán en un 10 por 100 de mora.
    Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
    Notifíquese al administrador concursal a los efectos de la Ley 22/2003.
    Se notifica esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de notificación a “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.
    En Madrid, a 2 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.368/11)</texto>
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