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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.095 de 2010</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

152 

Demanda 1.095 de 2010 
    Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.095 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nordim Bouchamir, don James Gilberto Chiclayo Antahuara, don Oswaldo Cabrera Quito, don Rachib Atrokouk, don Francisco Javier Bordallo Martín, don Richard Gustavo Torres Alejandro, don Francisco Valero López, don Ibrahim Abdelaziz, don Said Atrokouk, don Epifanio Rodrigo Ortiz Gálvez, don Francisco González Rubio, don Favio Alonzo Cuchallo Hurtado, don Félix Freddy Medina Flores, don Carlos Enrique Betancourt Echeverry y don Eduardo Ríos Villaroel, contra la empresa “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Diligencia..En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.
    La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, llamado por el agente judicial y, no obstante, estar citada en legal forma, no comparece la parte demandante para asistir a los actos de conciliación, y en su caso juicio, señalados para el día de hoy, a las once y treinta horas..Doy fe.
    Auto
    En Madrid, a 29 de noviembre de 2011..Vistos por mí, don Marcos Ramos Valles, ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, y su provincia, las presentes actuaciones seguidas a instancia de don Nordim Bouchamir, don James Gilberto Chiclayo Antahuara, don Oswaldo Cabrera Quito, don Rachib Atrokouk, don Francisco Javier Bordallo Martín, don Richard Gustavo Torres Alejandro, don Francisco Valero López, don Ibrahim Abdelaziz, don Said Atrokouk, don Epifanio Rodrigo Ortiz Gálvez, don Francisco González Rubio, don Favio Alonzo Cuchallo Hurtado, don Félix Freddy Medina Flores, don Carlos Enrique Betancourt Echeverry y don Eduardo Ríos Villaroel, contra “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, y doña María Pilar Díaz Navarro, sobre ordinario, ha dictado la siguiente resolución:
    Parte dispositiva:
    Se tiene a la parte demandante por desistida de su demanda y archívese el procedimiento sin más trámite, dejando nota en los libros correspondientes.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
    Así lo manda y firma su señoría ilustrísima..El magistrado-juez de lo social (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “DR Doomper Ayudas a la Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 29 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.321/11)</texto>
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