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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 992 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

140 

Demanda 992 de 2011 
    Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 992 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de la Concepción Mayo Lanseros, contra “Mijocadi, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 2 de noviembre de 2011, del tenor literal siguiente:
    Que estimando la demanda, condeno a “Mijocadi, Sociedad Limitada” a abonar a la actora la cantidad total de 1.099,37 euros por concepto de periodos reclamados sin aplicación de interés de mora por no ser salario.
    Contra la presente sentencia no cabe recurso.
    Con todo lo cual, se declara por su señoría terminado el acto y leída que fue el acta y hallada conforme es firmada por su señoría y demás comparecientes, de todo lo cual doy fe.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mijocadi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
    En Madrid, a 30 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/42.289/11)</texto>
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